La concejala de Urbanismo, Flavia Besada, mantendrá un encuentro con el sector en los próximos días
El Concello de Sanxenxo, a través del departamento de Urbanismo, está elaborando la primera ordenanza reguladora de la actividad de furanchos en el municipio con el objetivo de contar con un marco normativo propio que ordene la actividad.
El borrador municipal de la ordenanza marca el comienzo de la temporada anual del funcionamiento entre el 1 de diciembre y el 30 de junio, con posibilidad de incrementar el plazo un mes con fecha límite el 31 de julio. En cuanto al horario, se establece de 12 a 00:00 horas, dando el margen de ampliar una hora los viernes, sábados y vísperas de festivos.
El local destinado a la actividad deberá tener una superficie mínima de 10 metros cuadrados y como máximo 150 metros. Todo el vino que se suministre deberá ser excedente del consumo propio, procedente exclusivamente de sus viñedos y no puede ser embotellado, deberá proceder directamente de los barriles.
La administración local, una vez entre en funcionamiento la ordenanza, creará un “Registro Municipal de Furanchos de Sanxenxo” para la inscripción de oficio de todos los furanchos que cumplan los requisitos exigidos y desarrollen su actividad dentro del término municipal. El Concello repartirá entre los furanchos inscritos un distintivo propio municipal que se irá renovando cada año y donde figurará el nombre del furancho, el nombre y apellido del titular y el periodo de apertura.
La propuesta inicial recoge que los furanchos de Sanxenxo puedan servir pimientos variedad Padrón, tabla de embutidos o quesos, zorza o lomo, tortilla de patatas y empanadas o empanadillas. Cada municipio debe elegir 5 de las once tapas recogidas en el decreto autonómico de la Xunta de Galicia.
El borrador de la ordenanza será abordado con el sector en los próximos días para que pueda realizar sus aportaciones.